lunes, 8 de febrero de 2016

Constitución de la empresa

Sociedad Cooperativa:

Descripción:
Sociedad constituida por personas que se asocian en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales con estructura y funcionamiento democrático.

Número de socios :
Mínimo de 3

Responsabilidad:
La responsabilidad que tienen los socios que soliciten su baja en la cooperativa presenta las siguientes características:
  • Durará hasta 5 años después de la baja del socio.
  • El socio de baja responderá con el importe de la aportación que le devolvió la cooperativa en el momento de su baja.
  • Responderá por las obligaciones contraídas por la cooperativa hasta el momento de su baja.
  • Responderá, en primer lugar, la cooperativa con su haber social frente a las deudas que resulten de dichas obligaciones y luego el socio hasta el importe devuelto de la aportación.
Capital:
Mínimo fijado en los estatutos.

Fiscalidad:
Tributan en el Impuesto sobre Sociedades (IS). Se aplica un Régimen especial establecido en la Ley 20/1990 sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas. Somos una cooperativa especialmente protegida ( cooperativa agraria).

Normativa:
Nos regimos por la normativa de cooperativas de Castilla La Mancha.

Puesta en marcha:
Trámites generales
Agencia Tributaria (AEAT): Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores
Agencia Tributaria (AEAT): Impuesto sobre Actividades Económicas (exentas las empresas de nueva creación durante los dos primeros ejercicios)
Tesorería General de la Seguridad Social: Alta de los socios y administradores en los regímenes de la Seguridad Social
Registro Mercantil Provincial: Legalización del Libro de actas, del Libro registro de socios, del Libro-registro de acciones nominativas y del Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad
Registro Mercantil Provincial: Legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
Autoridades de certificación: Obtención de un certificado electrónico
Trámites en caso de contratar trabajadores
Tesorería General de la Seguridad Social: Inscripción de la empresa
Tesorería General de la Seguridad Social: Afiliación de trabajadores (en el supuesto de que no estén afiliados)
Tesorería General de la Seguridad Social: Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social
Servicio Público de Empleo Estatal: Alta de los contratos de trabajo
Consejería de Trabajo de la CCAA: Comunicación de apertura del centro de trabajo
Inspección Provincial de Trabajo: Obtención del calendario laboral
Trámites complementarios
Oficina Española de Patentes y Marcas: Registro de signos distintivos


Financiación:

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